En aplicación del artículo 6. punto 1 del Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos, que transpone la Directiva 2001/95/CE, las personas productoras y distribuidoras tienen la obligación de notificar a las autoridades competentes sobre los productos inseguros que ya han puesto en el mercado:
“Artículo 6 apartado 1 - cuando los productores y los distribuidores sepan o deban saber, por la información que poseen y como profesionales, que un producto que ya han puesto a disposición de o suministrado a los consumidores en España presenta riesgos incompatibles con el deber general de seguridad, comunicarán tales hechos inmediatamente a los órganos administrativos competentes de la comunidad autónoma afectada. En el caso de que el producto esté o se haya suministrado a los consumidores de cualquier forma en el territorio de más de una comunidad autónoma, esta comunicación se dirigirá al órgano competente de la comunidad autónoma donde radique su domicilio social, que la transmitirá inmediatamente al Instituto Nacional del Consumo, para su traslado al resto de las comunidades autónomas, ...”
Para facilitar el procedimiento de notificación de las personas productoras y distribuidoras, la Comisión Europea ha adoptado una “Guía para la notificación de productos de consumo peligrosos a las autoridades competentes de los Estados miembros por productores y distribuidores en aplicación del art. 5(3) de la Directiva 2001/95/CE”, en donde se han definido las líneas directrices que determinan las condiciones previas para una notificación y se detallan los aspectos prácticos del procedimiento. Así mismo, esta guía establece el contenido de la notificación incorporando el formulario tipo que hay que remitir a las autoridades competentes, con la información que se debe suministrar sobre los datos del producto en cuestión, el peligro que puede suponer y las acciones correctoras emprendidas por la empresa.
La referida guía está disponible en la web de la Comisión Europea en el siguiente enlace:
Guía para la notificación de productos de consumo peligrosos a las autoridades competentes de los Estados miembros por productores y distribuidores en aplicación del art. 5(3) de la Directiva 2001/95/CE.
A continuación se facilita el listado de las Autoridades competentes de las CCAA donde pueden dirigirse los productores y distribuidores para temas relacionados con la seguridad de los productos: Relación de Autoridades competentes de las CCAA en materia de seguridad
Se señala que en aplicación de la disposición adicional quinta del Real Decreto 1801/2003, para notificar productos que entren en el ámbito de aplicación del Real decreto 1890/2000, por el que se aprueba el Reglamento que establece el procedimiento para evaluación de la conformidad de los aparatos de telecomunicaciones, las personas productoras y distribuidoras deben dirigirse a:
Subdirección General de Infraestructuras y Normativa Técnica de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de Información: e-mail: alerestel@mityc.es
Así mismo, se facilita el listado de las autoridades competentes designadas por cada uno de los Estados miembros, donde se deben dirigir los productores/distribuidores de los productos inseguros: Lista de autoridades competentes de todos los Estados miembros (Información facilitada por la Comisión Europea)
También se ha elaborado una guía voluntaria, dirigida especialmente a las personas productoras y distribuidoras, para la aplicación de acciones correctoras que garanticen la seguridad de los productos. Esta guía proporciona consejos generales sobre qué hacer si tienen constancia firme de que algunos de sus productos pueden ser peligrosos, con la finalidad de eliminar riesgos para la seguridad causados por productos no alimenticios que hayan introducido en el mercado. Seguridad de los productos en Europa: una guía a las acciones correctoras, incluida la retirada de productos del mercado.
Para simplificar la obligación de las personas productoras y distribuidoras de notificación de productos inseguros, la Comisión Europea ha creado un sistema de notificación a través de Internet, denominada “Business Alert Gateway”, mediante la que las personas productoras y distribuidoras pueden remitir la información pertinente que pasará a incluirse en una base de datos de productos notificados por las personas productoras y distribuidoras, accesible únicamente para las autoridades.
La información sobre esta aplicación así como el formulario de notificación están disponibles en la web de la Comisión Europea: https://webgate.ec.europa.eu/gpsd/
Para acceder a notificar es necesario hacerlo a través de un EU login. Las instrucciones para conseguir dicho acceso figuran en el manual que se puede descargar aquí.
Asimismo, se puede encontrar un resumen en español de la referida información.