Subvenciones 0,7
Convocatoria 2024
Publicación en BOE
Bases reguladoras: Real Decreto 821/2021, de 28 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
Resolución: Código BDNS 761133
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/761133
Extracto de la Resolución de 14 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales
https://www.boe.es/boe/dias/2024/05/17/pdfs/BOE-B-2024-17696.pdf
- Texto completo de la resolución de la convocatoria.
- Presentación de solicitudes: del 18 de mayo al 18 de junio hasta las 18:00 horas.
- Nota aclaratoria del criterio de solvencia.
- Extracto de la resolución de 24 de septiembre de 2024 de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales por la que se determina el crédito disponible a distribuir en la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales publicada por resolución de 14 de mayo de 2024
- Texto completo de la resolución de ampliación de la convocatoria
Información sobre la convocatoria
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 convoca la concesión de subvenciones a entidades que realicen actividades de interés general consideradas de interés social con cargo a la asignación tributaria del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades para el año 2024.
MUY IMPORTANTE
Las solicitudes se formalizarán en los modelos que se establezcan en la convocatoria. La presentación de la solicitud y demás documentación se ajustará, en sus diversos aspectos, a las previsiones contenidas en los artículos 14.2, 16 y 28, y cualesquiera otros que pudieran resultar de aplicación, de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Por lo tanto, los interesados estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite del procedimiento administrativo. De acuerdo con el artículo 68.4 de la citada Ley 39/2015, si se realiza la solicitud presencialmente, se le requerirá a la persona interesada para que subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la presentación electrónica, no la realizada presencialmente.
Modelos de declaración responsable
- Modelo 1 de autorización para que el Centro Directivo instructor recabe por medios telemáticos los datos de identidad personal.
- Modelo 2 de declaración responsable acreditativa de que la entidad no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Modelo 3 de declaración responsable acreditativa de que la entidad se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias, a efectos de lo previsto en el artículo 13.2.e) de la Ley General de Subvenciones.
- Modelo 4 de declaración responsable acreditativa de que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, a efectos de lo previsto en el artículo 13.2.e) de la Ley General de Subvenciones.
- Modelo 5 de declaración responsable acreditativa de que la entidad se encuentra al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, a efectos de lo previsto en el artículo 13.2.g) de la Ley General de Subvenciones.
- Modelo 6 de declaración responsable acreditativa de que la entidad y las personas voluntarias que participan en la ejecución de los programas financiados están al corriente del cumplimiento de las obligaciones que para las entidades establece la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
- Modelo 7 de declaración responsable acreditativa de que la entidad cumple con los criterios de solvencia establecidos en el artículo 4.1.d) del Real Decreto de bases reguladoras (Modelo para fundaciones y asociaciones sin entidades miembro).
- Modelo 8 de declaración responsable acreditativa de que la entidad cumple con los criterios de solvencia establecidos en el artículo 4.4 y 4.5 del real decreto de bases reguladoras (Modelo para asociaciones con entidades miembro que sean ejecutantes).
- Modelo 9 de declaración responsable acreditativa de que la entidad cumple con las obligaciones legales de reserva de empleo para personas con discapacidad establecidas en la legislación.
- Modelo 10 de declaración responsable por subcontratación.
Impresos para la cumplimentación manual de solicitudes
Acceso a la aplicación de cumplimentación de solicitudes
A fin de facilitar la presentación telemática de solicitudes, está a disposición de los interesados en la página web de este ministerio la aplicación informática SIGES (https://siges.mscbs.es), a través de la cual se puede cumplimentar y presentar la solicitud junto con la documentación exigida en la convocatoria. Es necesario que la persona usuaria disponga de un certificado electrónico instalado en el equipo en el que vaya a realizar la solicitud, o bien de los mecanismos de identificación provistos por el sistema Cl@ve. En cualquier caso, para la firma electrónica de la documentación y su presentación telemática, sí es necesario disponer del certificado que corresponda desde el equipo en que se vayan a realizar dichas actuaciones.
En el primer acceso al sistema, una vez lograda la autentificación, puede encontrarse con tres posibles situaciones:
- Entidad dada de alta en el sistema, porque ha hecho uso del mismo para la solicitud en otras convocatorias de subvenciones del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, o del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 que ya gestiona este sistema: procederá como en el resto de subvenciones para cumplimentar la solicitud de la convocatoria.
- Entidad no dada de alta en el sistema: se dará de alta desde el propio sistema y la persona usuaria autentificada con el certificado automáticamente asume el perfil de gestora de la entidad, pudiendo así proceder a dar de alta a otras usuarias gestoras y/o representantes legales.
- Entidad dada de alta en el sistema pero que no ha hecho uso de él: inicialmente procederá como en el punto 2 y si aparece el mensaje “Ya existe una entidad dada de alta con el NIF especificado”, contacte ongv@dsca.gob.es enviando nombre y NIF de la entidad y nombre, apellidos y NIF de la persona que gestiona la solicitud. Alternativamente, puede presentar la solicitud a través del Registro Electrónico Común de este Ministerio.
Para cualquier problema técnico asociado a la aplicación pueden escribir a apoyoinformatico.siges@dsca.gob.es
Documentación asociada a la aplicación informática.
Es muy importante CONSULTAR LA GUÍA correspondiente. El MANUAL complementa las guías.
Acceso a la aplicación informática
Convocatoria 2023
Publicación en BOE
- Bases reguladoras: Real Decreto 821/2021, de 28 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales. Y estar enlazado a la página web https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-16033
- Resolución: Código BNNS 699625 https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias
- Extracto de la Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se convocan subvenciones para la realización de actividades de interés general consideradas de interés social, correspondientes a la Secretaría de Estado de Derechos Sociales https://www.boe.es/boe/dias/2023/06/01/pdfs/BOE-B-2023-16416.pdf
- Texto completo de la resolución de la convocatoria.
- Resolución de corrección de errores de la resolución de convocatoria de 30 de mayo de 2023
- Presentación de solicitudes: del 2 de junio al 3 de julio hasta las 18:00 horas
- Nota aclaratoria sobre la finalización del plazo de presentación de solicitudes
- Nota aclaratoria del criterio de solvencia (las referencias al año 2021 deben entenderse para esta convocatoria con respecto al año 2022).
Información sobre la convocatoria
El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 convoca la concesión de subvenciones a entidades que realicen actividades de interés general consideradas de interés social con cargo a la asignación tributaria del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades para el año 2023.
MUY IMPORTANTE
Las solicitudes se formalizarán en los modelos que se establezcan en la convocatoria. La presentación de la solicitud y demás documentación se ajustará, en sus diversos aspectos, a las previsiones contenidas en los artículos 14.2, 16 y 28, y cualesquiera otros que pudieran resultar de aplicación, de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Por lo tanto, los interesados estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas para la realización de cualquier trámite del procedimiento administrativo. De acuerdo con el artículo 68.4 de la citada Ley 39/2015, si se realiza la solicitud presencialmente, se le requerirá a la persona interesada para que subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la presentación electrónica, no la realizada presencialmente.
Modelos de declaración responsable
- Modelo 1 de autorización para que el Centro Directivo instructor recabe por medios telemáticos los datos de identidad personal.
- Modelo 2 de declaración responsable acreditativa de que la entidad no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Modelo 3 de declaración responsable acreditativa de que la entidad se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias, a efectos de lo previsto en el artículo 13.2.e) de la Ley General de Subvenciones.
- Modelo 4 de declaración responsable acreditativa de que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, a efectos de lo previsto en el artículo 13.2.e) de la Ley General de Subvenciones.
- Modelo 5 de declaración responsable acreditativa de que la entidad se encuentra al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, a efectos de lo previsto en el artículo 13.2.g) de la Ley General de Subvenciones.
- Modelo 6 de declaración responsable acreditativa de que la entidad y las personas voluntarias que participan en la ejecución de los programas financiados están al corriente del cumplimiento de las obligaciones que para las entidades establece la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.
- Modelo 7 de declaración responsable acreditativa de que la entidad cumple con los criterios de solvencia establecidos en el artículo 4.1.d) del Real Decreto de bases reguladoras (Modelo para fundaciones y asociaciones sin entidades miembro).
- Modelo 8 de declaración responsable acreditativa de que la entidad cumple con los criterios de solvencia establecidos en el artículo 4.4 y 4.5 del real decreto de bases reguladoras (Modelo para asociaciones con entidades miembro que sean ejecutantes).
- Modelo 9 de declaración responsable acreditativa de que la entidad cumple con las obligaciones legales de reserva de empleo para personas con discapacidad establecidas en la legislación.
- Modelo 10 de declaración responsable por subcontratación.
Impresos para la cumplimentación manual de solicitudes
Acceso a la aplicación de cumplimentación de solicitudes
A fin de facilitar la presentación telemática de solicitudes, está a disposición de los interesados en la página web de este ministerio la aplicación informática SIGES (https://siges.mscbs.es), a través de la cual se puede cumplimentar y presentar la solicitud junto con la documentación exigida en la convocatoria. Es necesario que la persona usuaria disponga de un certificado electrónico instalado en el equipo en el que vaya a realizar la solicitud, o bien de los mecanismos de identificación provistos por el sistema Cl@ve. En cualquier caso, para la firma electrónica de la documentación y su presentación telemática, sí es necesario disponer del certificado que corresponda desde el equipo en que se vayan a realizar dichas actuaciones.
En el primer acceso al sistema, una vez lograda la autentificación, puede encontrarse con tres posibles situaciones:
- Entidad dada de alta en el sistema, porque ha hecho uso del mismo para la solicitud en otras convocatorias de subvenciones del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, o del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 que ya gestiona este sistema: procederá como en el resto de subvenciones para cumplimentar la solicitud de la convocatoria.
- Entidad no dada de alta en el sistema: se dará de alta desde el propio sistema y la persona usuaria autentificada con el certificado automáticamente asume el perfil de gestora de la entidad, pudiendo así proceder a dar de alta a otras usuarias gestoras y/o representantes legales.
- Entidad dada de alta en el sistema pero que no ha hecho uso de él: inicialmente procederá como en el punto 2 y si aparece el mensaje “Ya existe una entidad dada de alta con el NIF especificado”, contacte ongv@mdsocialesa2030.gob.es enviando nombre y NIF de la entidad y nombre, apellidos y NIF de la persona que gestiona la solicitud. Alternativamente, puede presentar la solicitud a través del Registro Electrónico Común de este Ministerio.
Para cualquier problema técnico asociado a la aplicación pueden escribir a apoyoinformatico.siges@mscbs.es
Documentación asociada a la aplicación informática
Es muy importante CONSULTAR LA GUÍA correspondiente. El MANUAL complementa las guías.
Acceso a la aplicación informática
Información para las entidades beneficiarias
- Logotipos subvenciones 0,7 2023 en color, en formato vectorial (FH, AI y SVG) y jpg y png de alta resolución (600 ppp).
- Logotipos subvenciones 0,7 2023 en blanco y negro, en formato vectorial (FH, AI y SVG) y jpg y png de alta resolución (600 ppp).
Manual de instrucciones para la justificación de subvenciones 2023