Consumidores somos todos…
El 15 de marzo se celebra el Día Mundial de los Derechos de la Persona Consumidora que promueve la difusión de los derechos fundamentales que asisten a las personas consumidoras de todo el mundo, exigiendo su protección y respeto frente a los abusos de los mercados.
La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) y los organismos competentes en consumo de las Comunidades Autónomas, se suman a esta celebración a través de una campaña conjunta cuyo objetivo es informar a las personas consumidoras sobre sus derechos.
Constitución española
El artículo 51 de la Constitución española de 27 de diciembre de 1978 regula, por primera vez, los derechos de las personas consumidoras y usuarias expresamente.
La legislación vigente (Real Decreto Legislativo 1/2007 Se abrirá en una ventana nueva. , de 16 de noviembre), reconoce a las personas consumidoras los siguientes Derechos.
Derechos básicos de las personas consumidoras
- Derecho a la protección de su salud o seguridad.
- Derecho a la protección de sus intereses económicos y sociales.
- Derecho a la reparación de los daños y perjuicios sufridos.
- Derecho a la información y a la educación en materia de consumo.
- Derecho a la representación y audiencia en consulta.
- Derecho a la protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces.
¿Quién defiende sus derechos?
Puede acudir a cualquiera de los siguientes organismos públicos o privados:
- Direcciones Generales de Consumo de las Comunidades Autónomas
- Oficinas Municipales de Información a la Persona Consumidora
- Asociaciones de Personas Consumidoras y Usuarias
- Juntas Arbitrales de Consumo
Y por supuesto, a los Tribunales de Justicia.