Madrid, 20 de febrero de 2025.- El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, que dirige Pablo Bustinduy, ha incoado, a través de la Dirección General de Consumo, expedientes sancionadores a empresas que administran viviendas turísticas en distintas Comunidades Autónomas y que podrían estar incurriendo en prácticas engañosas y en otras potenciales infracciones de la Ley General para Defensa de Consumidores y Usuarios. Estos nuevos expedientes sancionadores que abre Consumo tienen su origen en la investigación que se puso en marcha desde el departamento que lidera Pablo Bustinduy el pasado mes de diciembre, a partir de la cual se requirió información a diversas empresas que operan en todo el territorio nacional comercializando alojamientos turísticos en régimen de alquiler. Los datos recopilados por la Dirección General de Consumo constatarían que estas empresas estarían ocasionando “lesiones o riesgos para los intereses de consumidores y usuarios de forma generalizada".
En concreto, estos expedientes sancionadores se incoan tras detectarse que estas grandes gestoras, que administran cientos de viviendas turísticas, estarían ofreciendo “información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios”, lo que supondría una práctica engañosa susceptible de alterar el comportamiento económico, como define el Artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal. Esto es, por ejemplo, indicar en el anuncio que quien gestiona un alojamiento turístico es una persona particular, o varias, cuando en realidad se trata de una empresa.
Estas prácticas se considerarían engañosas en base al Artículo 27 de la Ley de Competencia Desleal, donde se detalla que «afirmar de forma fraudulenta o crear la impresión falsa de que un empresario o profesional no actúa en el marco de su actividad empresarial o profesional» así como «presentarse de forma fraudulenta como un consumidor o usuario» son acciones contrarias a la normativa. Según el precepto legal, estas prácticas pueden llegar a calificarse, además, como infracciones graves, con multas de hasta 100.000 euros, cantidad que se puede sobrepasar hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito que haya obtenido cada empresa por haberlas llevado a cabo. Por otra parte, la Dirección General de Consumo recalca que la apertura de estos expedientes no prejuzga el resultado final de los mismos.
Estos nuevos procedimientos de sanción por parte de Consumo se unen al expediente sancionador que el departamento que dirige Pablo Bustinduy abrió hace dos meses, también en el ámbito de las viviendas turísticas, a una plataforma dedicada al alquiler de este tipo de alojamientos. En este caso, el expediente se puso en marcha porque esta plataforma mantiene miles de anuncios de pisos turísticos que se catalogaron como publicidad ilícita por suponer una infracción de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. La Dirección General de Consumo solicitó a la plataforma que retirara de forma inminente estos anuncios y, ante su negativa, se le incoó el expediente.
Estas iniciativas se enmarcan en el objetivo fijado por Pablo Bustinduy de proteger los derechos de las personas consumidoras y de poner fin a aquellas prácticas que están dificultando el acceso a la vivienda a muchas personas en nuestro país. En esta misma línea, la Dirección General de Consumo empezó a investigar en octubre a diversas agencias inmobiliarias que habrían llevado a cabo prácticas abusivas contra inquilinos en la gestión del alquiler, como obligar a pagar comisión por la gestión del arrendamiento, a firmar contratos temporales sin justificar la temporalidad, o aceptar cláusulas contrarias la normativa.