Catálogo de Referencia de Servicios Sociales
A iniciativa del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y fruto del consenso y del trabajo en común con las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, se ha elaborado un Catálogo de Referencia de Servicios Sociales que reúne en un único documento las prestaciones a las que podrían acceder las personas en el conjunto del territorio estatal, estableciéndose asimismo unos principios de calidad y buen uso comunes.
Este documento, aprobado por Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia el 16 de enero de 2013, se ha elaborado con pleno respeto al marco competencial, y las prestaciones y servicios que incluye son, con carácter general, competencia exclusiva de las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, sin perjuicio de determinadas normas estatales que regulan determinadas prestaciones.
Su proceso de elaboración, iniciado en marzo de 2012, se ha articulado mediante la creación de un grupo de trabajo con todas las comunidades autónomas, las ciudades de Ceuta y de Melilla y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), cuyo objetivo ha sido recabar y unificar la información relevante en materia de Servicios sociales en todo el territorio del Estado. El análisis de toda esta información, junto al de la normativa, catálogos y carteras de servicios sociales existentes en las comunidades autónomas así como la doctrina en la materia, ha desembocado en la redacción de este documento que se sometió en primer lugar a la Comisión Delegada de Directores Generales de Servicios Sociales e Inclusión Social para su aprobación posterior en el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
En este proceso, igualmente, ha participado el tercer sector a través del Consejo Estatal de ONG de Acción Social, al que se remitió el texto para su valoración y observaciones.
La estructura del Catálogo se ha articulado esencialmente por la tipología de las prestaciones, distinguiendo entre:
Prestaciones de Servicios.
- Actuaciones que realizan los equipos técnicos orientadas a atender las necesidades sociales y favorecer la inserción social de los ciudadanos y ciudadanas, familias y grupos de población. Estas prestaciones que se pueden desarrollar desde equipamientos, programas, servicios, unidades administrativas y equipos multiprofesionales, entre otros, se agrupan en 7 ejes temáticos que responden a su vez a diversas situaciones de necesidad social:
- Información, orientación, asesoramiento, diagnóstico y valoración.
- Autonomía personal, atención en el domicilio y respiro familiar.
- Intervención y apoyo familiar
- Intervención y protección de menores.
- Atención residencial.
- Prevención e inclusión social.
- Protección jurídica.
Prestaciones Económicas.
- Aportaciones económicas, de carácter periódico o pago único, ofertadas para garantizar mínimos de subsistencia o situaciones de emergencia sobrevenidas a los ciudadanos:
- Renta mínima de inserción.
- Ayuda para víctimas de violencia de género.
- Prestaciones económicas para personas en situación de dependencia.
- Otras prestaciones económicas.
Además, incorpora un apartado destinado a los principios inspiradores que orientarán las prestaciones y servicios contemplados en el mismo, y que intentan ser un reflejo de los existentes en las diferentes leyes de servicios sociales así como en las carteras/catálogos de las comunidades autónomas.
En último lugar se proponen unos criterios comunes de calidad, que adoptan un doble marco: el europeo y el propio del Sistema público de Servicios Sociales. Asimismo se plantea el uso responsable de los servicios sociales mediante el establecimiento de unos derechos y deberes de las personas usuarias y de los profesionales de esos servicios.